En una reciente sentencia, la Audiencia Provincial de Valladolid ha dictado penas que totalizan seis años y ocho meses de prisión para dos hombres implicados en un caso de agresión sexual ocurrido durante una fiesta en febrero de 2025. La víctima, una joven que se encontraba bajo los efectos de alcohol y drogas, fue sometida a tocamientos y objeto de actos degradantes, como la pintura de penes en su rostro y otras partes del cuerpo, una vez que perdió el conocimiento.
Los acusados, identificados como J.C.L. y D.S.C., se enfrentaban a penas más severas de seis y ocho años y medio, respectivamente. Sin embargo, el tribunal ha decidido imponer condenas más leves de dos años y medio y tres años y medio, teniendo en cuenta circunstancias atenuantes relacionadas con la drogadicción y el intento de reparación del daño en el caso de J.C.L.
La sentencia incluye órdenes específicas que prohíben a ambos condenados acercarse a menos de 300 metros de la víctima, así como comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo que se extiende dos años más allá de su encarcelamiento. Además, se establecerá un régimen de libertad vigilada de cinco años una vez cumplida la pena, así como la inhabilitación para trabajos que impliquen contacto con menores por un tiempo adicional de cinco años.
Los dos hombres también han sido condenados a cumplir cuatro meses adicionales de prisión por amenazar al organizador de la fiesta, V.A.G., otro de los implicados en el caso. Esta condena conlleva las mismas restricciones de acercamiento y comunicación que la anterior, prolongándose también más allá de la duración de sus penas de prisión.
En cuanto a la responsabilidad civil, los condenados deberán indemnizar de manera conjunta a la víctima con 6.000 euros, reflejando la gravedad de los hechos y el daño causado. La sentencia subraya que la actuación conjunta de ambos hombres configura un cúmulo delictivo que se califica como una agresión sexual en la que la víctima fue despojada de su voluntad.
Durante el juicio, ambos acusados defendieron su inocencia, argumentando que sus acciones no constituían agresión y que los dibujitos obscenos eran parte de un juego sin intención de ofender. Sin embargo, tanto la acusación pública como la particular se mantuvieron firmes en las denuncias, respaldadas por el testimonio de V.A.G., quien fue el encargado de alertar a las autoridades sobre la situación, y por la evidencia recabada por los agentes de la Policía Nacional en el lugar de los hechos.
A pesar de las defensas que intentaron establecer la inocencia de los acusados mencionando su estado de intoxicación y señalando contradicciones en los testimonios, la sala resolvió que las pruebas presentadas eran suficientemente contundentes para sostener las acusaciones de agresión sexual y amenazas. La joven, en su declaración a distancia, no pudo ofrecer muchos detalles de lo acontecido, debido a su estado de inconsciencia provocado por las drogas, aunque reconoció la naturaleza del evento al que asistió.
En la fase final del juicio, la acusación pública ajustó su solicitud de condena, pidiendo ocho años y medio para D.S.C., y seis años para J.C.L., considerando las circunstancias que rodearon el caso. Por el contrario, las defensas abogaron por la absolución de sus clientes, quienes continúan en prisión preventiva desde el inicio del proceso, apoyándose en su interpretación de los hechos y en lo que consideraron contradicciones en la versión de los testimonios presentados por la acusación.
Tags:
Categoría:
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.