Turista de Segovia exige devolución en Disneyland París por atracciones cerradas y ausencia de autógrafos.
El juzgado de Primera Instancia Número 1 de Segovia ha decidido no admitir la reclamación de un ciudadano que pedía el reembolso completo de su estancia en Disneyland París. Según su testimonio, durante su visita no pudo disfrutar de varias atracciones ni de actividades típicas, como la firma de autógrafos por personajes del parque, lo cual consideraba una falta de cumplimiento por parte de la organización.
Este afectado había presentado su denuncia en un procedimiento europeo el pasado 4 de junio, dirigiéndose contra Euro Disney Associes SAS. Sin embargo, la empresa opposió a la demanda afirmando que no era la entidad con la que el demandante había contratado, ya que esta relación se dio con Euro Disney Vacances SAS. Además, subrayó que las interrupciones en algunas atracciones ocurrieron solo durante un día de los tres en total de su estancia y fueron consecuencia de un evento social particular.
La empresa ofertó al demandante una compensación que incluía entradas para una futura visita y un reembolso parcial de los pases Disney Premier Access, por un total de 240 euros, que finalmente fueron rechazadas. Euro Disney también recordó que los términos del contrato estipulan que algunas atracciones podrían cerrar temporalmente por razones operativas o de mantenimiento, lo que no constituye un incumplimiento de las obligaciones contractuales.
En su dictamen, al que tuvo acceso Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la magistrada apoyó la posición de Euro Disney, asegurando que no se demostró un incumplimiento sustancial del contrato que justificara la petición de un reembolso total. Argumentó que el cierre de ciertas atracciones durante un día, dentro de un viaje de tres días, no representa una frustración del contrato, especialmente dado que el demandante pudo disfrutar de otras atracciones y servicios del parque.
La juez también mencionó en su fallo que las medidas compensatorias ofrecidas por la parte demandada fueron razonables, la cual rechazó el demandante. Además, los términos y condiciones que aceptó el actor advertían explícitamente la posibilidad de cierres temporales sin previo aviso, lo cual elimina la expectativa de que todas las atracciones estuvieran siempre disponibles.
Finalmente, reconoció la frustración del demandante y su familia ante lo sucedido, pero concluyó que la solicitud de un reembolso completo era desmedida. El fallo destacó que la compensación debe ser proporcional al perjuicio ocasionado y, en este caso, las soluciones ofrecidas eran adecuadas. Así se desestimó la demanda, imponiendo las costas al demandante, quien tiene la opción de apelar la decisión en un plazo de veinte días ante la Audiencia Provincial de Segovia.
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