23 años y medio de cárcel por la agresión grupal a una mujer con discapacidad en Valladolid
Condenado a 23 años y medio de prisión por agredir sexualmente en grupo a una mujer con discapacidad en Valladolid. Las penas y la indemnización.
Veintitrés años y medio de prisión. Esa es la suma de las penas que la Audiencia Provincial de Valladolid ha impuesto a C.H. por agredir sexualmente en grupo a una mujer con discapacidad intelectual en 2023.
Los hechos ocurrieron la madrugada del 30 de agosto de 2023 en el parque Fuente de la Salud de la capital vallisoletana. Según la sentencia, el acusado abordó a la mujer junto a otros jóvenes, le hizo creer que llevaba una navaja para impedir que se fuera y le quitó veinte euros de la cartera. Después llamó a otros hombres hasta reunir a un grupo de al menos siete personas, que la rodearon en una zona apartada del parque. El suceso se prolongó cerca de dos horas.
La Sección Cuarta del tribunal ha fijado en veinte años el límite máximo de cumplimiento efectivo de privación de libertad. Las penas se desglosan en quince años por agresión sexual continuada con acceso carnal, seis por elaborar material pornográfico con una persona con discapacidad y dos años y medio por robo con intimidación. La acusación, incluido el fiscal, había pedido 112 años.
La sentencia también incluye diez años de libertad vigilada posterior, la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante veinticuatro años y una inhabilitación de veinte años para trabajar con menores. Además, deberá pagarle 35.260 euros por daño moral, secuelas, lesiones y el dinero robado, y abonar 202,82 euros a la Gerencia Regional de Salud. Las grabaciones que el acusado hizo con su móvil serán borradas de forma irreversible cuando la sentencia sea firme.
Según la noticia, dos menores supuestamente implicados en los mismos hechos ya fueron juzgados en el Juzgado de Menores en junio. Uno fue absuelto y el otro condenado a tres años de internamiento en régimen cerrado como autor de seis delitos de violación, con la prueba de ADN como elemento determinante.
Esta sentencia deja claro que la discapacidad de la víctima y la presión del grupo pesaron en el fallo. Lo que viene ahora es la firmeza de la resolución, que todavía puede ser recurrida.