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El TEDH desestima el recurso de 'Lucho', exfutbolista de la Arandina condenado por agresión sexual.

El TEDH desestima el recurso de 'Lucho', exfutbolista de la Arandina condenado por agresión sexual.

BURGOS, 15 de mayo. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha desestimado la apelación presentada por el exfutbolista del Club Deportivo Arandina, Carlos C.S., conocido como 'Lucho'. Junto a él, Víctor R., también exjugador del mismo club, fue condenado a nueve años de prisión por la violación de una menor en lo que ha sido catalogado como el 'Caso Arandina'.

El TEDH se pronunció sobre la reclamación interpuesta contra el Estado español, en la que la defensa de Lucho sostenía que la interpretación cambiante de una disposición del Código Penal por parte del Tribunal Supremo había sido "imprevisible y arbitraria". A pesar de estos argumentos, la Sección Quinta del Tribunal considera que las quejas del demandante son "manifiestamente infundadas" y, por tanto, deben ser desestimadas, según la resolución emitida y difundida por Europa Press el día de hoy.

Ambos exfutbolistas comenzaron a cumplir su sentencia en el Centro Penitenciario de Lugo el 21 de abril de 2023. Esta condena, que se dictó en noviembre de 2022 por el Tribunal Supremo, aumentó las penas previamente impuestas por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, donde 'Lucho' y 'Viti' habían sido sentenciados a cuatro y tres años, respectivamente. La Fiscalía había apelado para elevar estas penas, que finalmente fueron ajustadas a nueve años al eliminarse una atenuante, aunque no del todo, ya que el TS dejó la pena en un año menos de lo solicitado por el Ministerio Público, gracias a la aplicación de la 'ley del sólo sí es sí'.

En su última resolución, el Tribunal Supremo aceptó el recurso presentado por la Fiscalía y otras acusaciones, incrementando así las penas de los dos exfutbolistas al anular una atenuante previamente concedida por el Tribunal Superior de Castilla y León.

No obstante, cabe destacar que la sentencia resultó en una sanción menor a la que hubiera sido de no ser por la reforma promovida por el Ministerio de Igualdad, que resultó en una reducción de la pena en un año en este caso particular. De esta forma, el Tribunal Supremo decidió aplicar la ley en una perspectiva que favorece al reo.

Es importante mencionar que la decisión de la Sala de lo Penal incluyó un voto particular del magistrado Ángel Luis Hurtado, quien argumentó que se debía considerar la atenuante analógica, aplicando una leve reducción de pena al considerar beneficiosa la nueva legislación.

En un principio, la Audiencia Provincial de Burgos había condenado a los dos mencionados y al también implicado R.C.H. a un total de 38 años de prisión. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León decidió absolver a R.C.H. y reducir significativamente las sentencias de 'Lucho' y 'Viti', que quedaron establecidas en cuatro y tres años, un fallo que posteriormente fue revertido por el Tribunal Supremo, que incrementó las sanciones a nueve años de prisión para ambos.