Subvenciones de hasta 5.000 euros para agricultores con restricciones de traslado a zonas de pasto

Subvenciones de hasta 5.000 euros para agricultores con restricciones de traslado a zonas de pasto

VALLADOLID, 9 de Octubre - El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado en su edición de este lunes la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural que establece las bases reguladoras de las subvenciones a los titulares de explotaciones ganaderas afectados por la tuberculosis bovina en la zona foco declarada de especial incidencia.

Según consta en la Orden, la ayuda máxima por animal y día será de 1,98 euros y el límite máximo a percibir por cada beneficiario será de 5.000 euros. No serán subvencionables los animales que hayan realizado movimientos permitidos para el aprovechamiento de pastos después de la declaración de la zona de incidencia.

Estas subvenciones se concederán mediante el sistema de prorrateo, justificado por razones de interés público para asegurar que la ayuda llegue a todos los titulares de explotaciones ganaderas afectados por la declaración de zona de especial incidencia, y que han sufrido las restricciones de movimientos que han incrementado el coste de alimentación y afectado la viabilidad económica de las explotaciones.

Para determinar la cuantía de la ayuda individual, serán subvencionables los animales de más de seis meses de edad que estén registrados en REGA al día siguiente de la declaración de la zona y el número máximo de animales subvencionables se basará en los movimientos realizados hacia pastos en los dos años anteriores a la declaración de la zona.

Asimismo, se contabilizarán hasta un máximo de 200 días como subvencionables desde el día siguiente a la publicación de la Resolución que declare la zona de incidencia.

El objetivo de estas subvenciones es compensar las pérdidas sufridas por los ganaderos debido a las restricciones de movimiento de animales, permitiendo así mantener la actividad productiva en las explotaciones ganaderas.

El consejero de Agricultura destaca que el estatus sanitario en relación con la tuberculosis bovina es muy alentador, con un descenso del 72,4% en el número de explotaciones positivas. Sin embargo, la ayuda se otorga para proteger el tejido productivo y permitir el mantenimiento de la economía en la zona afectada.

Los beneficiarios de las ayudas pueden ser tanto personas físicas como jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, siempre que sean titulares de explotaciones ganaderas afectadas por la declaración de la zona de incidencia y cumplan los requisitos establecidos, como estar registrados en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL), cumplir la normativa en vigor en materia de medio ambiente, higiene, bienestar y sanidad animal, e identificación y registro de animales, y no haber sido sancionados en el año anterior por incumplimientos graves o muy graves.

Además, deben haber realizado movimientos sin cambio de titularidad hacia pastos en al menos uno de los dos años anteriores a la declaración de la zona de incidencia debido a las restricciones de movimientos establecidas en la misma.

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Castilla y León