Junta compensará con 20.000 euros a un paciente del hospital de León por demora en su rehabilitación.

LEÓN, 7 de octubre. Un reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha llevado a la Junta de Castilla y León a afrontar la responsabilidad de indemnizar a un paciente con 20.000 euros. Esta decisión se fundamenta en el impacto negativo que sufrió el demandante debido al retraso en la rehabilitación tras una intervención quirúrgica en su mano, realizada en el Hospital de León.
La Sala de lo Contencioso Administrativo, radicada en Valladolid, ha dado la razón al afectado, quien denunció la deficiente atención recibida en el Complejo Asistencial Universitario de León (Caule) durante su operación en 2018. El tribunal consideró que había pruebas suficientes que demostraban que la demora en acceder a la rehabilitación había comprometido seriamente su recuperación funcional.
El paciente, que sufrió una lesión en varios tendones de su mano tras una caída accidental, fue operado de urgencia en enero, pero no inició las sesiones de fisioterapia hasta siete semanas más tarde, a pesar de que se había indicado la necesidad urgente del tratamiento.
Desde entonces, ha enfrentado un proceso complicado que ha requerido dos intervenciones adicionales y ha dejado secuelas significativas en su segundo dedo de la mano izquierda, al que no puede flexionar, además de padecer intolerancia grave al frío y dolor neuropático.
El TSJCyL ha subrayado que, a pesar de que la rehabilitación temprana no asegura la recuperación completa del movimiento debido a factores variables como la complejidad de la lesión, el paciente tiene derecho a ser compensado por parte de la Administración. Las peculiaridades del caso, que incluían el historial como fumador habitual y la falta de protocolos estandarizados para la rehabilitación, también fueron contempladas en la sentencia.
A pesar de las matizaciones, los jueces han llegado a la conclusión de que hubo una violación de los estándares de atención médica adecuados, al no facilitarse el tratamiento rehabilitador en el tiempo oportuno, lo que resultó en una pérdida de la oportunidad de lograr un mejor resultado en su recuperación.
Por todo esto, se ha determinado que la indemnización por los daños sufridos debe fijarse en 20.000 euros, un monto que queda lejos de los 66.000 que el paciente había solicitado inicialmente.
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