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"Siete narcos vinculados a la 'Operación Almendro' reciben penas acumuladas de casi 38 años"

13 de octubre de 2024, Valladolid. Un golpe contundente a la criminalidad organizada en España se materializa con la reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, que ha condenado a siete de los ocho acusados involucrados en la conocida 'Operación Almendro'. Estos individuos, detenidos en mayo de este mismo año, enfrentarán penas que totalizan casi 38 años de cárcel por sus vínculos con el tráfico de drogas. Durante la operación, las autoridades localizaron más de tres kilos de diversas sustancias ilícitas en registros realizados en Laguna de Duero, Madrid y Morales de Toro, en Zamora.

Entre los condenados, destaca Tamara G.T, quien ha recibido la pena más severa: siete años y nueve meses de prisión junto a una multa de 18.673 euros por tráfico de drogas en notable cantidad, además de posesión de armas prohibidas. Otras condenas notables incluyen a Enrique S.S, quien aceptó un acuerdo con la fiscalía que lo lleva a cumplir seis años y un día de prisión y una multa de 16.500 euros. Por su parte, José Ignacio S.C ha sido sentenciado a seis años y una multa de 3.655 euros, mientras que cuatro coacusados, entre los que se encuentran Javier M.D, Jesús C.M, Alberto G.A y Kevin dos S.P, enfrentarán penas de cuatro años y seis meses, también con multas equivalentes.

A pesar del veredicto en contra de la mayoría, el tribunal absolvió a Verónica C.G, quien se enfrentaba a cuatro años y tres meses de prisión y una multa de 2.000 euros. El tribunal justificó esta decisión expresando que no se logró probar suficientemente su supuesta colaboración en la venta de drogas, a pesar de que se había encontrado evidencia en un local relacionado con ella y otras personas.

La fiscal del caso había argumentado que los acusados formaban parte de una organización criminal bien estructurada, cada uno con tareas específicas para el tráfico y distribución de drogas. Según las acusaciones, Javier M. (apodado 'Mota') actuaba como líder del grupo, mientras que Tamara G. era identificada como la responsable del transporte de sustancias, en un esquema donde otros también colaboraban, aunque la única absuelta, Verónica, recibió el mismo tono de acusaciones pero sin fundamento según la corte.

En su defensa, muchos de los acusados alegaron su inocencia, argumentando que las sustancias eran para consumo personal, y no para venta. Tamara se defendió afirmando que el trastero donde se encontraron las drogas era utilizado simplemente para almacenar cosas y que su rol en la supuesta organización se limitaba a actividades cotidianas, como llevar a Javier a trabajos de pintura, ya que él no poseía carné de conducir. También insistió en que desconocía la presencia de una pistola táser hallada en el local.

El testimonio de Verónica fue crucial para su absolución; ella desacreditó las acusaciones en su contra al asegurar que nunca tuvo acceso independiente al trastero y que solo estaba allí para socializar con Tamara. Otro acusado, Jesús C.M, relató que su relación con el grupo se limitaba a intervenciones laborales, desmarcándose de las acusaciones de tráfico de drogas, aunque admitió su grave adicción a las sustancias.

Finalmente, José Ignacio S.C se defendió reiterando su inocencia, subrayando que no tenía antecedentes criminales relacionados con los hechos que se le imputan y que la policía no había encontrado pruebas contundentes en su contra durante la operación. La complejidad de este caso pone de relieve la lucha continua de las autoridades contra el tráfico de drogas y la importancia de los procesos judiciales en la discernimiento de culpabilidad en un contexto cargado de acusaciones y testimonios contradictorios.