
El juez del Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha emitido una sentencia en la que absuelve a un matrimonio de origen colombiano acusado de maltratar a sus dos hijos cuando eran bebés. La Fiscalía solicitaba 47 años de prisión para ambos.
En su fallo, el juez expresa su frustración por no haber podido determinar las verdaderas causas de las lesiones sufridas por los menores. El juez ha aplicado el principio de 'in dubio pro reo' y ha absuelto a los acusados, ya que no ha sido posible descartar las explicaciones dadas por los padres.
"El relato acusatorio presentado por la Fiscalía se desvanece en la incertidumbre desde el principio, lo cual genera una gran frustración en el juez. No se ha podido construir una evaluación probatoria impecable debido a la absoluta falta de certeza sobre cómo ocurrieron las lesiones. Solo tenemos un hecho cierto: los daños a los menores. Pero desconocemos el mecanismo causal y no se han considerado las otras posibilidades planteadas por la defensa y los propios acusados", resume el juez en su sentencia.
El juez también expresa su descontento por no haber podido conocer la verdad después de un largo proceso judicial. Reconoce que la verdad del proceso no siempre coincide con la verdad real, y afirma que lo ideal es lograr que ambas coincidan. Sin embargo, en este caso no ha sido posible, lo cual supone un fracaso del sistema y resulta emocionalmente devastador para las personas involucradas.
El juicio por estos hechos tuvo lugar en el Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid. Durante el mismo, la pareja negó rotundamente ser culpable de las lesiones sufridas por sus hijos. El padre argumentó que el mayor de los hermanos ya tenía una deformidad en la pierna cuando llegaron a España, y la madre atribuyó las fracturas del hermano menor a un incidente con la cuna y las del hermano mayor a maniobras de alumbramiento en Colombia.
La fiscalía mantuvo su acusación contra la pareja, alegando que eran los cuidadores directos de los niños y que les habían causado intencionalmente las lesiones. La defensa, por su parte, solicitó la absolución o, en su defecto, una condena por lesiones por imprudencia con la atenuante de dilaciones indebidas.
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