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Juez sugiere juzgar por terrorismo a sospechoso de enviar cartas explosivas a Sánchez.

Juez sugiere juzgar por terrorismo a sospechoso de enviar cartas explosivas a Sánchez.
El juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha decidido juzgar por delitos de terrorismo y empleo de artefactos explosivos con finalidad terrorista a un hombre de 74 años, residente en Miranda de Ebro (Burgos), que había sido detenido en noviembre de 2022 como presunto autor del envío de seis cartas conteniendo explosivos caseros, entre otros, al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El magistrado considera que aunque no hay indicios de que el acusado pertenezca a una banda o grupo terrorista organizado, las acciones que se le imputan, así como el contexto en que se produjeron —la guerra de Ucrania—, la viabilidad del estallido de los artefactos y los destinatarios a los que se enviaron —incluyendo la Embajada de Ucrania en Madrid— evidencian que el acusado pretendía alterar la paz pública. El juez añade que las cartas buscaban transmitir el mensaje de que dichas acciones habían sido efectuadas por personas vinculadas a Rusia como una represión hacia los intereses de España y Estados Unidos como consecuencia de su apoyo a Ucrania frente a la ocupación rusa. El objetivo era obligar a los poderes públicos a abstenerse del apoyo mostrado a favor de Ucrania frente a la agresión rusa. Según el auto, el acusado era "antagonista" de ese apoyo español y estadounidense a Ucrania, y sus artefactos contaban con un sistema de activación mecánico, un sistema de iniciación pirotécnico y una carga explosiva de 7 a 10 gramos. El juez recuerda que la entrada y registro en su domicilio en enero de 2023 se hallaron diversas varillas cilíndricas que podían corresponder con las que alojaban los pistones incendiarios de los artefactos explosivos caseros y otras pruebas, tales como tornillos y muelles similares al percutor utilizado en las cartas y taladros con brocas de precisión similares a las empleadas para la elaboración de los referidos artefactos. También había aplicaciones de RT Noticias y Sputnik, los medios gubernamentales rusos, en su dispositivo móvil. En el auto, el magistrado enumera otros indicios que incriminan al acusado, tales como el hecho de que los sobres de cartón dirigidos al Ministerio de Presidencia, la Embajada de EEUU y la base de Torrejón de Ardoz, que no explosionaron, se encontraron matasellos del Centro de Tratamiento Automatizado (CTA) de Valladolid, código número 47. Las cámaras de seguridad de ese centro demostraron que esos artefactos habían sido procesados en el mismo. También se pudo constatar que los envíos "podrían haber partido de diferentes buzones exteriores de la localidad de Burgos". Además, el análisis de los sellos estampados determinó que las dos únicas expendedurías donde se pudieron comprar eran dos estancos situados Burgos. En cuanto a los sobres, el magistrado apunta que sus características conducían a una web de venta online, que una vez requerida facilitó que Pompeyo González había adquirido sobres de esas características para Miranda de Ebro. El juez sostiene que los hechos pueden constituir un delito de terrorismo y un delito de empleo de artefactos explosivos, inflamables o incendiarios con finalidad terrorista, ambos en su modalidad agravada porque los envíos se dirigieron expresamente al presidente del Gobierno y a la ministra de Defensa con su nombre y primer apellido. El juez señala que se debe tomar declaración indagatoria al procesado y que debe aportar una fianza de 6.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que puedan declararse pertinentes.