Agentes del equipo del Seprona de la Guardia Civil de Segovia están llevando a cabo una investigación en el marco de la operación 'Sanus Aures'. El motivo de la investigación es un presunto delito de maltrato animal relacionado con el corte de orejas y rabos a unos perros de caza que pertenecen a una persona. Según fuentes del Instituto Armado, estas acciones se llevaron a cabo sin la correspondiente prescripción facultativa y por personas no cualificadas para realizar intervenciones quirúrgicas en animales.
En el transcurso de la operación, que tuvo lugar entre los meses de noviembre y diciembre, los agentes encontraron en un municipio de la provincia una caseta donde se encontraban perros de caza. Desde fuera de la caseta, observaron comportamientos extraños por parte de dos personas que estaban manipulando a uno de los perros. Alarmados por los gritos del animal, inspeccionaron el interior del edificio y encontraron a siete cachorros, de corta edad, con heridas recientes en las que se les habían cortado parte de las orejas y rabos.
Después de llevar a cabo diversas investigaciones y contar con el apoyo de los Servicios Veterinarios Oficiales de la Junta de Castilla y León de Segovia, se determinó que las mutilaciones se habían realizado sin la correspondiente prescripción médica y por personas no cualificadas para realizar este tipo de intervenciones quirúrgicas. Como resultado de la investigación, se pudo identificar al responsable de los hechos y propietario de los cachorros en cuestión, al cual se le atribuye la presunta autoría de un delito de maltrato animal.
Este delito está tipificado en el Código Penal y está en concordancia con el Convenio Europeo de Estrasburgo sobre protección de animales de compañía, que está en vigencia en España desde el 1 de febrero de 2018. Este convenio prohíbe realizar prácticas de otectomía (corte de orejas) y caudectomía (corte de rabo), a menos que sean realizadas por personal veterinario facultativo que determine la necesidad y el tratamiento necesario para la recuperación de la salud del animal.
Es importante destacar que el incumplimiento de esta normativa puede acarrear responsabilidades penales y/o administrativas para aquellos que lleven a cabo estas acciones sin la debida autorización. En tal sentido, la ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales prohíbe realizar a los animales cualquier tipo de mutilación o modificación corporal permanente, sin importar el motivo que se alegue.
En los casos en que se realice una intervención quirúrgica por personal autorizado, esta deberá ser acreditada mediante un informe emitido por un veterinario colegiado o perteneciente a alguna administración pública, y esta información quedará registrada en la identificación correspondiente del animal en cuestión. Cabe mencionar que existen excepciones a esta prohibición, como el marcaje en la oreja de gatos comunitarios y las intervenciones terapéuticas necesarias para garantizar la salud del animal o limitar su capacidad reproductiva.
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